Definición, funciones generales, estructura y composición
Función de representación
Artículo 2º: La función de representación consiste en las actividades de comunicación de los representados, así como de información y rendición de cuentas de la gestión realizada como representantes escolares.
Función Legislativa
Artículo 3º: La función legislativa consiste en el debate y aprobación de las ideas proyectos que expresarán la problemática del alumnado; la misma que será presentada por los grupos parlamentarios de acuerdo a los procedimientos establecidos en el presente Reglamento.
Función de control
Artículo 4º: La función de control comprende la tarea de fiscalizar la ejecución e implementación de las ideas proyectos aprobados por el Pleno del Parlamento Escolar, así como su evaluación; comprende también la fiscalización del Municipio Escolar.
De la instalación del parlamento escolar
Periodo parlamentario escolar
El Pleno Consejo Directivo (Mesa Directiva + Directivos Portavoces) Presidencia Mesa Directiva (Presidencia + Vicepresidentes) Comisiones Grupos Parlamentarios |
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El Pleno del Parlamento Escolar
Artículo 8º: El Pleno está conformado por todos los representantes parlamentarios escolares, elegidos en un número de 2 representantes por aula desde 5to Grado de Educación Primaria hasta Vº de Secundaria, elegidos mediante elección universal a nivel de sus propios salones; los mismos que se reunirán periódicamente según acuerdo del Pleno. La primera y última sesión podrá ser llevada a cabo en el Hemiciclo Raúl Porras Barnechea o algún otro ambiente del propio Congreso de la República previa coordinación
con el Departamento de Participación, Proyección y Enlace con el Ciudadano.
El Consejo Directivo del Parlamento Escolar
El Consejo Directivo se reúne antes de cada sesión del Pleno y tiene como función principal aprobar la agenda de proyectos de ley que verá el Pleno, proyectos aprobados provenientes de las comisiones ordinarias respectivas.
Además el Consejo Directivo determinará al inicio de su instalación el número de comisiones ordinarias y la conformación de las mismas.
El Consejo Directivo fija el tiempo de debate de cada proyecto en el Pleno distribuyéndolo de forma proporcional al número de miembros de los grupos parlamentarios.
Presidencia del Parlamento Escolar
El Primer y Segundo Presidente asisten como secretario al Presidente durante el desarrollo de las sesiones.
Artículo 11º: Conformado los grupos parlamentarios estos presentan su propuesta de candidatos para la conformación de la Mesa Directiva integrada por un Presidente, Primer y Segundo Vicepresidente.
Establecida las listas para la conformación de la Mesa Directiva estos se someten a
votación del Pleno y es elegida la lista que obtenga la mayoría simple de sus miembros.
Las Comisiones. Definición y organización
o Comisión de Ecología y Medio Ambiente, orientada a incentivar la conservación y cuidado del medio ambiente.
o Comisión de Estudios y de Lectura, encargada del fomento del aprendizaje e incentivo de la lectura entre los estudiantes
o Comisión de Prensa, Información y Difusión orientada a comunicar las actividades del Parlamento Escolar.
o Comisión de Salud, Seguridad y Bienestar que se encarga de actividades que fomenten la salud, cuidado e integridad del alumnado.
o Comisión Social y de Deportes la que desarrolla actividades de proyección social y cultural.
Los Grupos Parlamentarios. Definición.
Artículo 13º: Los Grupos Parlamentarios son equipos de parlamentarios escolares que comparten ideas o intereses comunes o afines
Artículo 14º: Las ideas-proyectos que presenten los representantes escolares lo harán a nombre de su Grupo Parlamentario Escolar y requieren el respaldo de la firma de la mayoría simple de sus miembros. La formulación de la idea proyecto se hará bajo los parámetros que se anexa en el presente reglamento .
El Vicepresidente del Parlamento Escolar certifica el respaldo de la iniciativa por parte del grupo parlamentario escolar. Cuando son varios los autores, se puede diferenciar entre autor o autores principales y adherentes.
A parte de los requisitos señalados en el párrafo anterior los proyectos deberán reunir las siguientes condiciones:
o Que se puedan ejecutar en el corto plazo (3 meses).
o Que tenga carácter público.
o Que beneficien directamente a la escuela.
o Que no involucren personal permanente.
Envío a Comisiones, debate y aprobación de las ideas proyectos.
Artículo 15°: Las ideas proyectos son presentados ante la Comisión respectiva y son aprobados por mayoría simple de sus miembros previo debate, luego de aprobado la misma esta se eleva al Consejo Directivo del Parlamento Escolar.
Artículo 16º: Cada proyecto es defendido por un alumno representante de cada grupo parlamentario, quienes hacen uso de la palabra por el tiempo fijado por el Consejo Directivo. El Presidente del Congreso le puede conceder nuevamente tiempo si se solicita aclarar algo sobre lo dicho.
Debate y aprobación de las ideas proyecto en el Pleno
Artículo 17 º: Cuando se haga uso de la palabra debe dirigirse al Presidente con un trato respetuoso, evitando llamarse por sus nombres. En caso de incurrirse en tratos irrespetuosos o interrupciones reiteradas, los oradores serán sancionados con el retiro de la palabra.
Artículo 18º: Ningún representante escolar puede ser interrumpido mientras esté en uso de la palabra, salvo que la interrupción resultase pertinente o fueren necesarias aclaraciones o explicaciones a juicio del Presidente, en cuyo caso será autorizada.
Artículo 19º: El Parlamento debate y posteriormente elije los proyectos a ejecutarse en un período de tiempo de hasta 3 meses contabilizados desde el inicio de las deliberaciones.
Artículo 20º: A los 3 meses de terminado el plazo de ejecución de los proyectos, el grupo parlamentario que presentó la iniciativa, presenta su evaluación ante el Pleno con los resultados logrados, inconvenientes presentados y recomendaciones sobre la misma.
Deberes del parlamentario escolar
Artículo 21º: Es deber del representante parlamentario escolar cumplir y hacer cumplir el presente reglamento.
Tramitación y resguardo de documento.
Artículo 22º: La Dirección del plantel tiene a su cargo el resguardo de los documentos producidos entre los distintos órganos del parlamento escolar y la tramitación entre los mismos en coordinación con los secretarios de las Comisiones y los vicepresidentes del Parlamento.